La promulgación de la Ley Orgánica de Igualdad 3/2007 ha fomentado la implantación de Planes de igualdad de oportunidades y Protocolos de prevención y actuación frente al acoso en el ámbito laboral para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo.
Además con la aprobación del Real Decreto-ley 6/2019 del 1 de marzo se establecieron medidas para garantizar la igualdad de trato entre hombres y mujeres dentro del ámbito laboral. También se precisa cual debe ser el contenido y el registro. La aprobación de este Real Decreto-ley establece nuevas obligaciones para las empresas: a partir de ahora las empresas de 50 o más personas trabajadoras deben disponer de un plan de igualdad; la creación de un registro de salarios para evitar la discriminación por razones de género además, de la equiparación de la suspensión del contrato del progenitor distinto de la madre biológica.
En el año 2020, en fecha 13 de octubre se han aprobado el RD901/2020 y RD902/2020 con el objetivo de regular los planes de igualdad y su contenido.
Real Decreto 901/2020 de 13 de octubre, tiene como objetivo el desarrollo reglamentario del diagnóstico, su contenido, las auditorías salariales, seguimiento y evaluación de los planes de igualdad y Registro de Planes de Igualdad.
Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, desarrolla y regula las nuevas formalidades con la finalidad de luchar contra la brecha salarial entre mujeres y hombres, entre las que destaca el registro y la auditoria salarial. Tiene como objetivo establecer medidas específicas para hacer efectiva la igualdad de trato y no discriminación en materia retributiva entre mujeres y hombres.
En IPYC ingenieros estamos ayudando a nuestros clientes a adaptarse a la legislación en vigor en materia de igualdad, desde el diseño del plan de igualdad, su implantación y registro, hasta dar formación y sensibilización a todo su personal a diferentes niveles en materia de Igualdad y Protocolos contra el Acoso.
Solicita Presupuesto sin compromiso
El Real Decreto-Ley 6/2019 busca incrementar la eficacia de los Planes de Igualdad en las organizaciones. Para ello, el Gobierno establece fija diferentes plazos, en función del número de personas trabajadoras, para que las empresas se adapten a esta nueva obligación:
Se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo dependientes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas. Conoce el Real Decreto completo en este enlace.
Características del Plan de Igualdad
Los planes de igualdad contendrán un conjunto ordenado de medidas evaluables. Dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Con carácter previo se elaborará un diagnóstico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, que contendrá al menos las siguientes materias: