Obligaciones en materia de igualdad para las empresas: Plazos, ventajas y sanciones.

Obligaciones de igualdad para empresas-1200

El próximo día 13 de abril todas las empresas deberán contar con el registro retributivo salarial, el objetivo de esta medida es intentar reducir y evitar la desigualdad salarial entre hombres y mujeres.

Obligaciones de igualdad para empresas-1200

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¿Cuáles son las obligaciones en materia de igualdad que tienen las empresas?

Registro salarial:

El registro salarial es obligatorio para todas las empresas independientemente de su tamaño, según recoge el Real Decreto 6/2019. Se trata de un registro medio de los salarios, complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla. Se deberá de renovar anualmente.

 

Plan de igualdad:

Desde la entrada en vigor del RDL/901 y RLD/902, elaborar los planes de igualdad ha dejado de ser un mero trámite para convertirse en un requerimiento legal imprescindible para todas las empresas de más de 50 trabajadores.

El pasado mes de marzo de 2021, todas aquellas empresas de más de 100 empleados deberían haber presentado y registrado su plan de plan de igualdad.

Para el próximo mes de marzo de 2022 las empresas de más de 50 trabajadores deberán presentar su plan de igualdad.

Fases en la elaboración de un plan de igualdad:

 

Fases para implantar el plan de igualdad - iPYC

 

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Auditoria retributiva:

La auditoría retributiva es obligatoria para todas aquellas empresas que tengan que negociar, elaborar y registrar su plan de igualdad. La auditoría retributiva es un análisis del sistema de retribuciones, de promoción interna y de las medidas de conciliación laboral-familiar. Al estar ligado al plan de igualdad de la empresa tendrá una vigencia de 4 años, al igual que el plan de igualdad.

En este momento solo están obligadas a presentarlas las empresas de más de 100 trabajadores. Será a partir del próximo mes de marzo de 2022 cuando las empresas de más de 50 trabajadores se vean obligadas a realizarla. Fases para la implantación del plan de igualdad:

 

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¿Qué plazos tengo para presentar mi plan de igualdad?

Aunque lo plazos siguen estando marcados por el Real Decreto ley 6/2019, el Real Decreto 901/2020 establece que las empresas tendrán 3 meses más para negociar y año más para elaborar y registrar el plan de igualdad desde la entrada en vigor de la norma.

En este caso las empresas de 101 a 149 trabajadores tendrán hasta el 7 de julio de 2021 para poder negociar el plan de igualdad y hasta el 7 de marzo de 2022 para poder elaborarlo y registrarlo.

 

¿Cómo ha afectado el Covid-19 a las obligaciones en materia de igualdad  por parte de las empresas?

La situación del Covid-19 no ha hecho que  las obligaciones en materia de igualdad por parte de las empresas pasen a un segundo plano. Primero porque es un requerimiento legal y segundo porque muchas empresas han aprovechado la reducción de su actividad para impulsar el plan de igualdad dentro de la empresa desde un punto de vista estratégico. La gran mayoría de las empresas tiene como hoja de ruta la implantación del plan de igualdad, con el objetivo de aprovecharla como estrategia de comunicación y RSC por parte de la empresa hacia sus stakeholders.

 

¿Qué ventajas encontramos cuando implantamos un plan de igualdad?

La gran mayoría de las empresas son conscientes de la importancia que tiene la igualdad dentro de sus organizaciones porque:

  1. Mejora la competitividad de la empresa, ya que pueden acceder con mayor facilidad a contratos públicos. Por otra parte cada vez más empresas piden a sus proveedores como requisito para trabajar con ellos el tener implantado y registrado el plan de igualdad.
  2. Mejora la imagen de marca, la sociedad te ve como una empresa responsable y que favorece la igualdad laboral entre hombres y mujeres, esto puede llevar a la empresa a aumentar sus ventas y entrar en nuevos nichos de mercado.
  3. Se mejora el ambiente de trabajo, ya que no se crean tensiones internas entre hombres y mujeres por el trabajo que desempeñan y lo que cobran por este.
  4. Se contribuye a los ODS (Objetivos de desarrollo sostenible), concretamente al punto 5 (igualdad de género) de los ODS, favoreciendo la sostenibilidad empresarial así como la consecución de los objetivos de la agenda 2030.

 

¿Qué sanciones puede conllevar a mi empresa no tener registrado el plan de igualdad?

Aquellas empresas que se salten sus obligaciones legales en materia de igualdad serán sancionadas según la ley Sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (artículo 8.17). Se considera como infracción muy grave no elaborar o no aplicar el plan de igualdad o hacerlo sin cumplir con los requisitos previamente establecidos en la negociación. Estas sanciones oscilan entre los 6.251€ y 187.515€, además de otras sanciones como la perdida de ayudas, bonificaciones y beneficios durante un periodo máximo de 2 años. También encontramos sanciones graves que oscilaran entre los 626€ y los 6.250€.

Esperamos que este post os haya servido para estar más informados sobre cuáles son las obligaciones, ventajas, plazos y multas, que tienen las empresas que implantan o no el plan de igualdad. Si necesitas más información, siempre puedes leer nuestras FAQ´s sobre materia de igualdad o puedes ponerte en contacto con nosotros. Te ayudaremos.

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