Categoría: Asistencia Virtual

Servicios IPYC en la modalidad de Asistencia Virtual.

Revisión y actualización de Etiquetado de Alimentos

El nuevo Reglamento (UE) nº 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor obliga a las empresas alimenticias a revisar y adaptar sus etiquetados. El 13 de diciembre de 2014 entra en vigor la parte general y sobre la que se han establecido la mayoría de los cambios.

Para ello, IPYC dispone de técnicos expertos en el ámbito de la Seguridad Alimentaria y legislación que pueden hacer que en su empresa este cambio sea sencillo y eficaz.

El servicio on line de revisión y adaptación de etiquetado de alimentos al nuevo Reglamento se inicia mediante una primera toma de contacto para presentarnos y explicar la forma de proceder para desarrollar el proyecto.

En esta misma se solicitará al cliente la siguiente información para el etiquetado de alimentos:

  • Listado de productos.
  • Líneas de productos/procesos.
  • Plano de las instalaciones (con indicación de maquinaria y salas de trabajo específicas para cada tipo de producto).
  • Listado de productos alergénicos en la empresa.
  • Otra información de interés: OGM, ecológicos, …
  • Copia de los etiquetados actuales pendientes de revisar y actualizar.
  • Receta o listado de ingredientes de los productos en estudio.

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Etiquetado de alimentos

Posteriormente, con la información facilitada, IPYC remitirá un informe con el estudio de los cumplimientos e incumplimientos en base al nuevo Reglamento 1169/2011 y los cambios que se deben acometer las en cada uno de los etiquetados. Así mismo, se planificará una conexión telemática o telefónica para explicar los cambios y resolver las posibles dudas.

Pasado el tiempo estimado por IPYC necesario para realizar las modificaciones (el tiempo variará en función de las modificaciones a realizar y el nº de etiquetados revisados), deberá enviarse un modelo de etiquetado con los cambios a los técnicos de IPYC para que valoren su idoneidad.

Se volverá a realizar una conexión para proceder a comunicar las conclusiones establecidas en los cambios.

NOTA: Se realizarán tantas conexiones como se consideren oportunas para resolver dudas del cliente.

Por último, y si el cliente lo desea (previa contratación del servicio) se puede contratar el servicio del estudio del contenido nutricional con los datos aportados anteriormente.